Ley 2294 de 2023 / Artículo 131. Programa de Voluntariado para la reducción de regazos y brechas de aprendizajes:
Con el fin de garantizar la reducción de rezagos y brechas de aprendizajes de niñas, niños y adolescentes del país, créese el Programa de Voluntariado que brindará apoyos financieros para realización de prácticas o pasantías en colegios públicos, dirigido a estudiantes matriculados en Escuelas Normales Superiores -ENS- o de licenciaturas u otros programas de pregrado, apoyándolos con gastos de manutención y transporte.
El Gobierno nacional con estricto respeto por los cargos docentes definirá las características del programa buscando facilitar la articulación entre las secretarías de educación, las ENS, las Instituciones de Educación Superior y los establecimientos educativos. El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con las secretarías de educación, determinará las escuelas focalizadas en donde se desarrollará el programa.
El Ministerio de Educación Nacional y otras entidades del orden nacional, al igual que las entidades territoriales, podrán destinar recursos de sus presupuestos para el cumplimiento del objetivo del programa. La administración de los apoyos podrá realizarse a través de las entidades descentralizadas del nivel nacional o territorial.
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